Arturo Rosas H. / LA RED DE ALTAMIRA
TAMAULIPAS.- Tamaulipas pondrá en marcha, en este año, los juzgados especializados en la oralidad mercantil y se creará la figura de “jueces de lo mercantil”, confirmó el diputado Gerardo Peña Flores.
El presidente de la Junta de Coordinación en el Congreso del Estado, dio a conocer una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dijo que uno de los objetivos que se busca, es que exista mayor eficacia y ágil para resolver los casos mercantiles que se están presentando en la entidad.
“Son muchos los juicios que existen en materia mercantil y lo que se busca es que haya una impartición de justicia eficaz, eficiente y ágil”.
Peña Flores, recordó que el mandato de la reforma que hubo a nivel nacional, el Estado ha decidido dar paso a esta reforma como en su momento lo hizo en materia laboral.
La iniciativa reformar el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para establecer la figura de jueces especializados en materia mercantil.
Esto bajo la visión que será el Poder Judicial, a través del Consejo de la Judicatura, el que regulará el número, la distribución y competencia de los juzgados de Primera Instancia Especializados, como órganos jurisdiccionales que adquirirán de manera exclusiva la competencia para conocer de esta materia, en su modalidad escrita y oral, contando al efecto con salas de audiencias orales.
Dentro del artículo 38Ter, se establece que los jueces de lo mercantil conocerán de los asuntos de esta materia, previstos por el Código de Comercio y bajo las reglas de competencia que, por razón de cuantía, prevén la citada legislación mercantil, esta Ley y el Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad.
Además, el Consejo de la Judicatura establecerá los distritos judiciales donde ejercerán jurisdicción los juzgados de lo mercantil y en los distritos judiciales en que el volumen de los negocios lo amerite, el Consejo determinará la creación de juzgados especializados en materia de oralidad mercantil.
El Consejo de la Judicatura especificará, en función a las necesidades del servicio, las materias cuya competencia se asigne a los juzgados mixtos.
En el artículo 42, se señala que: “En los distritos o regiones judiciales donde hubiere recargo de negocios o expedientes, el Consejo de la Judicatura podrá crear nuevos juzgados, los cuales conocerán de los asuntos que éste les asigne. El acuerdo de creación correspondiente deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y en los estrados judiciales.