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Liberan orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca

LA RED febrero 24, 2026
CONTRA

Revoca Suprema Corte amparo al ex gobernador panista

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo concedido a Francisco Javier García Cabeza de Vaca y determinó no otorgarle la protección federal, con lo que queda firme la orden de aprehensión en su contra por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Especial / LA RED DE ALTAMIRA  

CIUDAD DE MÉXICO. – El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo concedido a Francisco Javier García Cabeza de Vaca y determinó no otorgarle la protección federal, con lo que queda firme la orden de aprehensión en su contra por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La resolución se emitió al resolver el Amparo en Revisión 435/2025, bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien propuso negar el amparo al considerar que el juez de distrito que lo había concedido excedió sus facultades al realizar una valoración probatoria propia de etapas posteriores del proceso penal.

El Pleno concluyó que, para librar una orden de aprehensión en el sistema penal acusatorio, no se exige prueba plena de responsabilidad, sino la existencia de datos de prueba que establezcan la probabilidad de que se cometió un delito y que el imputado participó en él. En consecuencia, determinó que el control constitucional no puede sustituir al juez natural ni convertirse en una instancia anticipada de enjuiciamiento.

La orden de aprehensión fue solicitada por la Fiscalía General de la República tras investigaciones que derivaron de denuncias presentadas en 2020 por la Unidad de Inteligencia Financiera. El caso incluye señalamientos sobre presuntas operaciones financieras irregulares y vínculos con esquemas de triangulación de recursos.

Con la resolución del máximo tribunal, se deja sin efectos la protección federal que había suspendido la ejecución del mandamiento judicial y se permite que el proceso penal continúe ante el juez de control correspondiente.

La Corte precisó que la decisión no implica un pronunciamiento sobre la culpabilidad del exgobernador, sino únicamente que la orden de captura cumple con los requisitos constitucionales mínimos para que el procedimiento penal siga su curso.

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