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Mario Vargas Suárez
Sin duda el mes de noviembre -se llama así porque en el calendario romano antiguo era el noveno mes del año- es muy esperado por los escolares porque es un aviso previo al periodo vacacional de invierno, previo a las posadas y sin duda el ambiente de fiesta, de familia, de perdón.
Precisamente la Secretaría de Educación Pública (SEP) nuevamente insiste en difundir parte del calendario oficial de labores en este rubro de descansos, suspensiones que aplica a estudiantes y profesores.
Quizá lo relevante es que este mes de noviembre, es festivo el día viernes 20 que por ley, se retomará la regla de que un lunes antes, habrá suspensión de labores escolares. Es decir “El Puente de la Revolución” aplica el lunes 16.
Los padres de familia podrán programar las actividades vacacionales a partir del lunes 21 de diciembre, aunque la realidad el último día de clases será el viernes 18 como empezar el asueto.
Por lo tanto, de acuerdo al calendario oficial de la SEP, las vacaciones de invierno comenzarán oficialmente el lunes 21 de diciembre de 2026 y se extenderán hasta el martes 5 de enero de 2027, aunque los alumnos tampoco tendrán actividades escolares el miércoles 6 de enero, sin que haya una razón específica pues Mario Delgado, titular de educación federal solo se limitó a declarar ‘la suspensión de labores docentes’.
El periodo oficial vacacional aplica para escuelas públicas y privadas incorporadas al Sistema Educativo Nacional en los niveles básicos de las 32 entidades de México, por lo que se entiende que existe autorización para disfrutar las festividades con motivo de la Navidad y del Año Nuevo.
Después de las vacaciones decembrinas, estudiantes y profesores deberán regresar a las aulas el jueves 7 de enero de 2027, fecha establecida por la SEP para reanudar las actividades escolares en las 32 entidades federativas.
Según la autoridad educativa, las instituciones de educación normal y la formación de maestros se rigen con un calendario escolar distinto, por lo que sus periodos de actividades deben consultarse por separado.
Por otro lado, la suspensión de clases en el 2027 será: el viernes 29 de enero de 2027 por Consejo Técnico Escolar (C.T.E.); el lunes 1 de febrero de 2027 por el aniversario de la Constitución Mexicana; el viernes 26 de febrero de 2027 C.T.E.; el lunes 15 de marzo de 2027 por el natalicio de Benito Juárez; el viernes 30 de abril de 2027 C.T.E.; el miércoles 5 de mayo de 2027, Batalla de Puebla; el viernes 28 de mayo de 2027 C.T.E.; el viernes 25 de junio de 2027 C.T.E.
En relación a los periodos vacacionales de 2027, en Semana Santa del 22 de marzo al 2 de abril de 2027; de verano 2027, del 9 de julio de 2027.
DESCUENTO EN AGUINALDO
Para sorpresas de algunos e incredulidad de otros, este 2026 el aguinaldo deberá pagarse a los trabajadores a más tardar el sábado 19 de diciembre debido a que el límite formal es el 20 de diciembre y caerá en domingo.
Según el marco legal mexicano el monto mínimo garantizado para esta prestación equivale a 15 días de salario. Sin embargo, algunas empresas e instituciones se otorgan prestaciones superiores de 30 días o más conforme al contrato colectivo.
La información anterior es conocida por la mayoría de los trabajadores, aunque lo que se desconoce es un pequeño detalle fiscal para quienes ganan entre 18 mil y 21 mil pesos mensuales, porque aquí surge el impacto fiscal determinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los únicos que están exentos de este impuesto son los trabajadores cuya prestación anual (aguinaldo) es de un límite de $3 mil 519.30 pesos.
