TIENEN DERECHO A PERMISOS PARA AUSENTARSE EN SU TRABAJO
El abogado especialista en este rubro, Juan Carlos Ley Fong, explicó que el 4 de junio del 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que modifica un artículo de la Ley Federal del Trabajo, que es el artículo 132, una de las fracciones, y remite a otro artículo que es el 140 bis de la Ley del Seguro Social, y esta modificación consiste en que los patrones están obligados a otorgar un permiso a todos los trabajadores que presenten una licencia para ausentarse para cuidar a sus hijos que padezcan cáncer.
LUPITA TORRES / LA RED DE ALTAMIRA
TAMPICO.- Tomando en cuenta las modificaciones hechas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, los trabajadores que tengan hijos que padezcan algún tipo de cáncer podrán gozar de un permiso en su centro laboral, luego de que los patrones están obligados a otorgárselo después de cubrir ciertos requisitos, de acuerdo con la citada reforma.
El abogado especialista en este rubro, Juan Carlos Ley Fong, explicó que el 4 de junio del 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que modifica un artículo de la Ley Federal del Trabajo, que es el artículo 132, una de las fracciones, y remite a otro artículo que es el 140 bis de la Ley del Seguro Social, y esta modificación consiste en que los patrones están obligados a otorgar un permiso a todos los trabajadores que presenten una licencia para ausentarse para cuidar a sus hijos que padezcan cáncer.
El profesional explicó que es una “iniciativa bastante favorable y no les carga la mano a los patrones” ya que éste lo único que tiene que tiene hacer es otorgar el permiso, pero es sin goce de sueldo, al trabajador le será retribuido el 60%, como una incapacidad:
“Es como una suspensión y no tiene obligación de prestar el servicio el trabajador, y no tiene obligación el patrón de pagar el salario. El Seguro Social les paga lo equivalente a una incapacidad o enfermedad no profesional, que es el 60 %, se llama subsidio del salario que tenga registrado como base de cotización”.
Entre los requisitos que el trabajador debe cubrir, indicó, son: en primer término, que sean trabajadores afiliados al Seguro Social, segundo: que diagnostique la enfermedad el Seguro Social y en tercer lugar que sean menores de 16 años los pacientes, y que lo pida el derechohabiente a su empleador.
Sin embargo, aclaró que en caso de que los dos padres sean trabajadores, aunque cuenten con los requisitos, solo uno de ellos puede solicitar el permiso, esta licencia que puede ser desde 1 hasta 28 días y en los casos que se amerite para cuidar al menor y que no quede desatendido.
Destacó que es de esta manera que los padres se protegen para no perder el empleo por estar al cuidado de sus hijos, sólo menores de edad, además de que existe la posibilidad de así requerirlo, de renovar estas licencias en un período de 3 años hasta completar 364 días a los que tienen derecho.
El abogado indicó que a nivel nacional ya se ha hecho efectivo, de acuerdo con las estadísticas del IMSS, pero en Tampico no ha tenido conocimiento de que alguien lo haya solicitado apegarse a esta disposición emitida a partir de junio del presente año, por lo que probablemente algunos aún no saben que pueden gozar de este beneficio.
“La modificación a la Ley del Seguro Social dice cáncer de cualquier tipo que padezcan los menores hasta 16 años”, puntualizó.