Arturo Rosas / LA RED DE ALTAMIRA
VICTORIA.- Los consejeros del IETAM hicieron un llamado a las empresas encuestadoras para cumplir con el registro de sus trabajos sobre las preferencias electorales en el proceso electoral de Tamaulipas.
Juan José Ramos Charre, presidente del IETAM, recordó que quienes pretendan publicar encuestas por muestreo o sondeos de opinión deben presentar una copia del estudio completo que respalde la información de los trabajos realizados.
De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE), los reportes que sean enviados y remitidos a la autoridad electoral, serán únicamente todos aquellos trabajos que se hayan publicado y difundidos en los medios impresos.
Quienes en el presente proceso electoral lleven a cabo este tipo de estudios en medios de comunicación impresa, tendrán cinco días hábiles tras la publicación para hacer llegar a la Secretaría Ejecutiva, en medio impreso y electrónico, copia del estudio completo de la encuesta publicada, que contenga los criterios científicos arriba señalados.
La notificación además de incluir un aviso de intención, debe contener el estudio completo con los criterios de carácter científico contenidos en el Anexo III, fracción I del Reglamento de Elecciones del INE, entre los que se encuentran, datos generales y específicos; método y fecha de recolección de la información; el cuestionario o instrumentos de captación utilizados para generar la información publicada, así como la base datos y principales resultados de los trabajos realizados.
De igual manera y tal y como lo establece el Reglamento de Elecciones del INE, deben notificar la autoría y financiamiento de la información que permitan identificar fehacientemente la persona física o moral que ordenó, realizó, publicó y/o difundió los estudios; la o las personas físicas o morales que patrocinaron o pagaron la encuesta o sondeo, quienes la diseñaron y los recursos económicos/financieros aplicados.
Asimismo, deberán incluir un informe sobre los recursos aplicados en la realización de la encuesta o sondeo de opinión, acompañado de la factura que respalda la contratación de la realización de dicha encuesta o sondeo de opinión.
