PAGARÁ CASI 4 MIL PESOS PARA QUIEN INVADA ESTOS LUGARES RESERVADOS
A través de un comunicado emitido por el Congreso local, se dio a conocer que de 849 pesos la multa pasa a 3 mil 800 para a quien obstruya las citadas rampas, además de que el infractor deberá acudir a un taller de inducción relativo a los derechos de las personas con discapacidad.
LUPITA TORRES / LA RED DE ALTAMIRA
TAMPICO.- El Congreso de Tamaulipas aprobó el incremento del 400% y tal vez un poco más a las multas de tránsito contra los automovilistas que obstruyen rampas o invaden cajones exclusivos para personas con discapacidad. Por ser una ley, no es necesario que sea aprobada por el cabildo municipal y entrará en vigor una vez que sea publicada en el Diario Oficial del Estado en todo el territorio tamaulipeco.
A través de un comunicado emitido por el Congreso local, se dio a conocer que de 849 pesos la multa pasa a 3 mil 800 para a quien obstruya las citadas rampas, además de que el infractor deberá acudir a un taller de inducción relativo a los derechos de las personas con discapacidad. También se informó que la diputada Yahleel Abdala Carmona fue quien presentó la iniciativa.
Por su parte, el secretario del ayuntamiento porteño, Arturo Bazaldúa Guardiola, dijo que: “Se trata de una ley estatal que no requiere de ninguna anuencia municipal, mientras sea aprobada por el Gobierno del Estado, será suficiente en la vigencia y aplicación”.
Con respecto a la citada legislación proveniente desde el Congreso estatal, la autoridad porteña dio a conocer que, “tan pronto como aparezca publicada en el periódico oficial del Estado de Tamaulipas, se procederá a aplicar el incremento”.
Estacionarse en lugares prohibidos o destinados para las personas con algún tipo de discapacidad, además de obstruir las rampas que ellos utilizan para subir o bajar cuando circulan por la calle, son de las faltas más comunes entre los automovilistas, aunque no es privativo de Tampico, de acuerdo con la información brindada por Tránsito.
Las autoridades municipales han dado a conocer que en cuanto sea publicada en la gaceta oficial esta ley, de inmediato se hará efectiva para el cobro y para remitir a los irresponsables conductores al Sistema DIF, ya que además la citada norma instruye a los diferentes municipios de la entidad para que implementen un procedimiento de servicio comunitario que podrán llevar a cabo los infractores para cubrir la sanción, lo que evidencia que será conmutable el pago efectivo por una jornada laboral.
La sanción corporal impuesta no deberá ser menor de diez horas y se prestará en favor del Sistema DIF de la localidad donde se cometió la infracción.