José Medina / LA RED DE ALTAMIRA
Victoria.- Alejandra Cárdenas Castillejos propuso sobre el tema de una reforma a Comapa, e indicó que los precios y tarifas deberán ser suficientes para cubrir los costos de operación, administración y conservación de infraestructura, pago de pasivos, pago de servicios ambientales, y constitución de un fondo de reservas para sustituir, ampliar, rehabilitar y mejorar la infraestructura hidráulica sanitaria y demás activos del prestador de los servicios públicos, así como la conservación y vigilancia de la cuenca y todos los elementos del ciclo hidrológico.
Además que todos los usuarios, tanto del sector público, social y privado, están obligados al pago de los servicios públicos conforme a los precios y tarifas que se establezcan y actualicen en los términos de esta ley por el prestador de dichos servicios.
Informó que se otorgarán bonificaciones del 50% en el pago de las contribuciones por esos servicios, a jubilados, pensionados, adultos mayores de 60 años y personas con discapacidad hasta un consumo máximo de 20 metros cúbicos, cuando se trate del domicilio donde vivan y el servicio esté registrado a su nombre, previa comprobación de dicha circunstancia.
Así pues, el consumo sea mayor a los 20 metros cúbicos, el usuario deberá pagar el excedente conforme al costo del rango de consumo que corresponde a cada caso específico, sin demérito de la bonificación previamente establecida.
Indicó que la autoridad u organismo operador a cargo de la prestación y cobro del servicio del agua, podrá actualizar anualmente las tarifas conforme a la variación del índice Nacional de Precios al Consumidor emitido por el Banco de México al mes de diciembre del año anterior.
Agregó que la autoridad u organismo operador a cargo de la prestación y cobro del servicio del agua, tiene prohibido actualizar a un precio mayor la tarifa del servicio de agua potable cuando el Municipio se haya ubicado en el color rojo del semáforo del agua durante 6 meses, de manera continua o no, en el año anterior.
Por último, la autoridad u organismo operador a cargo de la prestación y cobro del servicio del agua, está facultada para actualizar a un precio menor la tarifa del servicio de agua potable cuando el Municipio se haya ubicado en el color rojo del semáforo del agua durante 6 meses, de manera continua o no, en el año anterior.
“Es decir, en las COMAPAS recaerá la responsabilidad de si deciden actualizar o no el precio del servicio de agua potable, puesto que pasa de ser una obligación a una facultad.
Sin embargo, esta facultad no será ilimitada, pues mediante esta iniciativa se prohíbe que las COMAPAS actualicen a un precio mayor las Tarifas del Servicio de Agua Potable cuando el Municipio se haya ubicado en el color rojo del semáforo del agua durante 6 meses, de manera continua o no, en el año anterior
Por otra parte, a fin de maximizar los beneficios para las familias tamaulipecas, las COMAPAS podrán actualizar a un precio menor las Tarifas del Servicio de Agua Potable cuando el municipio se haya ubicado en el color rojo del semáforo del agua durante 6 meses, de manera continua o no, en el año anterior”, concluyó.