Ha generado preocupación por sus implicaciones en las finanzas del PJF y en las obligaciones patronales relacionadas con los derechos laborales de sus trabajadores.
ESPECIAL / LA RED
Ciudad de México.- En la Cámara de Diputados se aprobó el pasado 17 de octubre un decreto que reforma artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (PJF) y extingue 13 de los 14 fideicomisos del PJF. Aunque el dictamen ha pasado al Senado de la República para su aprobación, el procedimiento legislativo aún no está concluido. La extinción de los fideicomisos ha generado preocupación en cuanto a sus implicaciones en las finanzas del PJF y en las obligaciones patronales relacionadas con los derechos laborales de sus trabajadores.
Es crucial recordar algunos aspectos clave relacionados con estos fideicomisos:
1. No están destinados para beneficio de los ministros del PJF: Ninguno de los 14 fideicomisos del PJF tiene relación con los gastos de los ministros. Tampoco están destinados para asuntos personales.
2. Cada fideicomiso tiene objetivos específicos: Cada uno de los fideicomisos tiene objetivos precisos que no permiten su uso para otros fines. Algunos de estos objetivos incluyen el pago de pensiones complementarias para distintos niveles de empleados, el apoyo médico en casos de urgencia, la administración de remanentes presupuestarios, el desarrollo de infraestructura judicial y el apoyo a la administración de recursos de sentencias colectivas, entre otros.
3. Se utilizan para el pago de derechos laborales: Al menos seis de los fideicomisos se utilizan para cumplir obligaciones patronales relacionadas con los derechos de los trabajadores, como pensiones, vivienda, salud y retiro. Estos derechos están respaldados por la Constitución, la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y las Condiciones Generales de Trabajo.
4. La Auditoría Superior de la Federación no ha observado irregularidades: En 2019, la ASF realizó dos auditorías específicas a los fideicomisos del PJF y no encontró irregularidades en su constitución o administración. Emitió recomendaciones (no observaciones) que fueron solventadas en su totalidad.
5. No son “guardaditos”: Aunque inicialmente se constituyeron con recursos públicos, estos fideicomisos no funcionan como un fondo de ahorro no utilizado. Los recursos siguen siendo del Estado mexicano y se administran bajo reglas de operación transparentes. Los informes sobre el uso de estos recursos se hacen trimestralmente y están disponibles para su consulta pública.
El debate sobre la extinción de estos fideicomisos continúa, y su eliminación podría tener un impacto significativo en las finanzas y las obligaciones laborales del Poder Judicial de la Federación. Mientras el proceso legislativo sigue su curso, es importante recordar estos aspectos para comprender mejor la naturaleza y la importancia de estos instrumentos financieros en el contexto del Poder Judicial de la Federación.