PARA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS RESUELVAN POSIBLES DIFERENCIAS SOBRE LA SELECCIÓN INTERNA
Al respecto informó la Vocal Ejecutiva de la 08 Junta Distrital Ejecutiva en Tampico, María de la Luz Espinoza, quien dijo que esto también permite a esta autoridad electoral revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.
PILAR DANTÉS / LA RED DE ALTAMIRA
TAMPICO.- Al culminar el periodo de pre campaña dentro del marco del Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024 arrancó el de Intercampaña que comprende del 19 de enero al 29 de febrero, un espacio de cara a la Jornada Electoral del próximo 2 de junio, para que los partidos políticos resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatas y candidatos a los diferentes cargos de elección popular a los que aspiran.
Al respecto informó la Vocal Ejecutiva de la 08 Junta Distrital Ejecutiva en Tampico, María de la Luz Espinoza, quien dijo que esto también permite a esta autoridad electoral revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.
El INE explica que, durante este lapso, las personas aspirantes no podrán aparecer en spots, debates, mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un candidato y que el contenido de su propaganda comicial sólo puede tener un carácter informativo.
Aunque sí se permite la difusión de propaganda política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados.
“Tal circunstancia implica que este tipo de publicidad esté focalizada en la imagen del partido político y en sus postulados esenciales, contenidos en sus documentos básicos, como la Declaración de Principios y el Programa de Acción, así como la manifestación de ideas o críticas propias del contexto político para propiciar el debate en esta materia”.
Así mismo, en los promocionales de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga uso explícito de llamados a votar a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.
Destacó que la alusión genérica al cambio o continuidad de una política pública no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto.
De igual forma se permite la difusión de cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental. En tal caso, el promocional no debe hacer mención ni identificar a una candidatura o partido político, a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva.
En el tema de actos anticipados de campaña durante la Intercampaña expuso que, para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben colmar tres requisitos: Un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.
Asimismo, un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas; un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.
Sobre los programas de opinión y las mesas de análisis político en la Intercampaña, dijo que, durante este periodo, la libertad de expresión de las y los precandidatos, así como de las candidaturas, al igual que el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.
Expuso que los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.
De igual forma, de acuerdo con criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las precandidaturas o candidaturas pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña.