El Poder Ejecutivo en Tamaulipas envió al Congreso del Estado una iniciativa con proyecto de Decreto para crear una nueva Ley de Seguridad Pública para el estado de Tamaulipas, en la que se crean figuras para atender los actos de indisciplina pero nuevas facultades a policías y propone, además, reformas en la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública.
Arturo Rosas H. / LA RED DE ALTAMIRA
TAMAULIPAS.- El Poder Ejecutivo en Tamaulipas envió al Congreso del Estado una iniciativa con proyecto de Decreto para crear una nueva Ley de Seguridad Pública para el estado de Tamaulipas, en la que se crean figuras para atender los actos de indisciplina pero nuevas facultades a policías y propone, además, reformas en la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública.
Uno de los ángulos centrales es la pretensión de crear un régimen disciplinario integrado por normas de conducta, instituciones y procedimientos, derivado de la relación administrativa entre policías y el Estado.
También la Policía Estatal tendrá nuevas facultades para brindar seguridad a “personas en riesgo”, teniendo un sustento legal la “creación de agrupamientos” que permitan la atención a grupos vulnerables o víctimas amenazadas o en situaciones de desplazamiento y violación de sus derecho humanos.
Además la facultad específica para desarrollar áreas policiales con capacitación especializada tanto en proximidad, así como en atención a grupos de la población con algún factor de vulnerabilidad social.
Acerca de los delegados regionales, coordinadores municipales y delegados, su designación será por contrato de tres meses con adscripción a la Secretaría de Seguridad Pública y se facilitará la rotación de este personal y una mayor eficiencia en la estrategia de seguridad.
La Nueva Ley de Seguridad Pública, “pretende ser el principal instrumento legal que permita el fortalecimiento del Consejo de Desarrollo Policial y de la Dirección de Asuntos Internos, dotándolos de procedimientos expeditos para que desarrollen sus funciones dentro de un marco de legalidad, respetando los derechos humanos de los integrantes, al brindarles el derecho de audiencia”.
En la nueva Ley se integran 170 artículos en 11 títulos y aborda los temas para el Control y Evaluación de los integrantes de las instituciones Preventivas de Seguridad Pública Estatales y Municipales.
Dentro de la exposición, el ejecutivo señala que debido a la incorporación del régimen disciplinario, da como resultado la adopción de nuevos procedimientos para los procesos de separación, suspensión y remoción por incumplimiento a los requisitos de permanencia y por infracciones graves a los deberes de los integrantes, respectivos.
Se propone crear un capítulo que conceptualice y delinee un régimen disciplinario que contenga todas las disposiciones jurídicas que se requieran para normar la conducta de los integrantes y que brinde certeza de su actualización tanto a la sociedad como a los propios integrantes.
Aparece la creación de salas de sustanciación que conozcan de cada uno de los procedimientos iniciados por incumplimiento a los requisitos de permanencia y por infracciones que constituyan faltas graves al régimen disciplinario hasta ponerlos en esta de resolución.
De esta manera, se añade, se agiliza el desahogo de la carga de trabajo que tiene el Órgano Colegiado de la Secretaría de Seguridad Pública, pues permitiría que ágilmente se atiendan cada una de las etapas de los procedimientos a que son sujetos sus integrantes en cada una de las audiencias, reuniéndose el Pleno para acordar el inicio y proveer las medidas cautelares en el caso de que así proceda, así como para resolver en definitiva o bien para resolver los recursos que promuevan durante la substanciación del procedimiento.
“Se propone crear la Dirección de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Pública” y tendría intervención para formular un interrogatorio al presunto infractor respecto del informe que éste rinda y este momento procesal sería en la audiencia de desahogo de pruebas, en la inteligencia que ésta será presidida por el Titular de la Sala respectiva.
Este proyecto de Ley deberá ser acorde a lo que establecen, la Ley Nacional de Ejecución Penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016 y la Ley nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes publicada en el Diario oficial de la Federación el 16 de junio de 2016.