De acuerdo al Reglamento de Paridad, Igualdad y Acciones Afirmativas
Los partidos políticos tendrán la obligación de postular al menos una fórmula de personas con discapacidad y otra de la diversidad sexual como candidatos a diputado local, por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional.
Armando Castillo Gutiérrez / LA RED DE ALTAMIRA
TAMAULIPAS. – Los partidos políticos tendrán la obligación de postular al menos una fórmula de personas con discapacidad y otra de la diversidad sexual como candidatos a diputado local, por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional.
El presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas, Juan José Ramos Charre, estableció que, de acuerdo al Reglamento de Paridad, Igualdad y Acciones Afirmativas, si lo hacen por la vía de representación proporcional, irían en las primeras siete posiciones de la lista estatal.
Añadió que el mencionado reglamento, será utilizado por el Instituto para la postulación e integración, tanto del Congreso local como de los 43 ayuntamientos, en la elección concurrente programada para el domingo dos de junio del 2024.
“De igual manera, establece la obligación de los partidos políticos a postular en las diputaciones una fórmula de candidatura migrante por el principio de representación proporcional en las primeras siete posiciones de la lista estatal”, añadió.
En cuanto a la participación de los jóvenes en la próxima elección concurrente, explicó que los partidos tendrán la obligación de postular una fórmula por el principio de mayoría relativa o de representación proporcional por cada ocho postulaciones por el principio de mayoría relativa.
Por lo que se refiere a la elección de Ayuntamiento, Ramos Charre añadió que partidos políticos y candidaturas independientes deberán postular en las planillas, una fórmula de personas con discapacidad o de la diversidad sexual, una de jóvenes o bien, de personas mayores.
El presidente del IETAM dejó en claro de que en caso de que los partidos políticos no registren planillas para la elección de ayuntamientos en al menos 26 de los 43 municipios de la entidad, se deberá incluir las candidaturas de estos grupos, en al menos el 35 por ciento de las alcaldías en las que registren dichas planillas.
Dijo que la aprobación del mencionado Reglamento de Paridad, Igualdad y Acciones Afirmativas, se hace en concordancia con el Congreso local, de cara hacia las elecciones de alcaldes y diputados locales, programada para el próximo año.