ESPECIAL / LA RED DE ALTAMIRA
VICTORIA.- La diputada Irma Amelia García Velasco, propone una modificación al Código Municipal para el Estado, con el propósito de que todos los trabajadores tengan derecho a disponer de un permiso con goce de sueldo por un día hábil, para asistir a practicarse estudios preventivos de enfermedades crónicas – degenerativas como el cáncer o la diabetes.
Además, cuando se trate de acompañar a sus hijos menores de edad, a realizarse exámenes preventivos, o a recibir tratamientos de enfermedades crónico-degenerativas; el permiso se deberá otorgar por los días necesarios, según lo determine por escrito el profesional de la salud responsable del tratamiento del menor.
Suele ser frecuente que esta problemática se agrava cuando se trata de los hijos menores de edad de los trabajadores, que no pueden asistir solos a practicarse estudios preventivos o a recibir atención médica a instituciones de salud por su propia condición.
“Consideramos que las instituciones públicas, como es el caso de los Ayuntamientos, generen las condiciones para que puedan atender estos requerimientos, sin verse afectados en su economía”.
Esta iniciativa se localiza en la institución municipal, toda vez que por lo que hace al estado, explica la legisladora, en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, se establece de manera expresa, que este tipo de permisos se deberán contener en las Condiciones Generales de Trabajo, a diferencia del Código Municipal, en el que no se enuncia disposición expresa.
De ser aprobada esta reforma al Código Municipal, quedaría de la siguiente manera:
ARTÍCULO 220 BIS. Todos los trabajadores tendrán derecho a disponer de un permiso con goce de sueldo por un día hábil, para asistir a practicarse estudios preventivos de enfermedades crónicas – degenerativas.
Cuando se trate de acompañar a sus hijos menores de edad a practicarse exámenes preventivos, o a recibir tratamientos de enfermedades crónico – degenerativas; el permiso se deberá otorgar por los días necesarios, según lo determine por escrito el profesional de la salud responsable del tratamiento del menor.