
Tiene Morena 48 horas para reponer el proceso interno
Hubo 13 recursos de impugnación por Juicios de Defensa Ciudadanos pero los magistrados decidieron tumbar las 22 candidaturas y sus suplentes. Quienes ganaron este proceso fueron Juan Diego Guajardo Anzaldúa, Humberto Armando Prieto Herrera, Juan González Lima, Zoraida Lara Cruz, Jordy Eduardo Bazaldúa Bazaldúa, Maritza Hernández Hernández, Sergio Javier Solbes Marín, Miguel Ángel Sotelo González, Juan González Lima, Eduardo Ignacio Torres Velázquez, Nicolás Camorlinga Cadena, Erika Nancy Mendoza y Arisbet Ayle Cienfuegos Tenorio.
Arturo Rosas H / LA RED DE ALTAMIRA
VICTORIA.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, invalidó el proceso de selección interna de Morena, para la designación de candidatos a diputados de Mayoría Relativa.
Los magistrados electorales ordenaron a este instituto reponer el proceso interno en 48 horas y consideraron que hubo irregularidades e incluso señalan que varios de los candidatos no cumplían con los requisitos y el perfil que el partido fijó en la convocatoria.
Hubo 13 recursos de impugnación por Juicios de Defensa Ciudadanos pero los magistrados decidieron tumbar las 22 candidaturas y sus suplentes. Quienes ganaron este proceso fueron Juan Diego Guajardo Anzaldúa, Humberto Armando Prieto Herrera, Juan González Lima, Zoraida Lara Cruz, Jordy Eduardo Bazaldúa Bazaldúa, Maritza Hernández Hernández, Sergio Javier Solbes Marín, Miguel Ángel Sotelo González, Juan González Lima, Eduardo Ignacio Torres Velázquez, Nicolás Camorlinga Cadena, Erika Nancy Mendoza y Arisbet Ayle Cienfuegos Tenorio.
El acuerdo fue aprobado por unanimidad en la sesión de esta tarde de jueves y se expuso que, quienes quedaron fuera de este proceso, demostraron la afectación de sus derechos políticos ciudadanos.
Los magistrados dieron un plazo máximo de 48 horas al partido, contadas a partir de su notificación, para que emita un nuevo dictamen de selección de candidatos, valore el perfil de cada uno de los aspirantes y exponga las razones que considere respecto a la procedencia o improcedencia de su solicitud de registro.
La Sala Regional consideró que, si bien la normativa estatutaria le otorga plena libertad a la Comisión de Elecciones de Morena en la toma de decisiones para efectuar la evaluación y análisis de cada uno de los perfiles de los aspirantes, esta no fundamentó ni motivó por qué estableció la procedencia de algunos aspirantes, pero no expuso las razones respecto a la improcedencia de otros aspirantes.
Luego de que múltiples aspirantes se inconformaran, se encontró que la Comisión de Morena no está exenta de cumplir con el deber constitucional de fundar y motivar la negativa de registro a los actores como candidatas y candidatos, indicando los parámetros a cumplir para cada uno, a fin de brindar claridad y certeza respecto de su aprobación o exclusión.
Consideraron que se incumplió así el deber constitucional de fundar y motivar la negativa de registro de los aspirantes, pues esto debe ser exigido en el sistema constitucional mexicano y normativo del propio partido político.
Argumentaron que con el proceder se afecta la posibilidad del derecho humano de participación a ser votados o seleccionados al interior del partido. Con el fallo también se revoca la decisión del Tribunal local.
La decisión se da a cuatro días de que las campañas electorales arranque en Tamaulipas y donde se renovarán 22 distritos electorales de mayoría.
Horas antes del fallo, uno de los principales opositores a la dirigencia estatal y nacional de Morena, dentro del mismo partido Alejandro Rojas, advirtió en un video de que “la lista se va a caer” y sin embargo dijo que habrá de estar cerca del partido en Tamaulipas.