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Tienen derecho a pensión trabajadores mexicanos

LA RED junio 22, 2017
2 PENSIONES - copia

Primitivo López / Foto Adrián López García / LA RED DE ALTAMIRA

 

NUEVO LAREDO.- Mexicanos que trabajaron en los Estados Unidos por más de 10 años y estuvieron afiliados al Seguro Social tienen derecho a recibir una pensión informó José Carmona Flores, director del Instituto Tamaulipeco para la Atención del Migrante (ITAM).

Personal del Consulado General de los Estados Unidos en Ciudad Juárez, Chihuahua, orientarán a los connacionales para que puedan acceder al Seguro Social para Migrantes.

“Lo que pueden obtener es una pensión vitalicia, esta pensión que surge a partir de que ellos estuvieron cotizando y que por alguna razón ya sea por deportación, repatriación o porque voluntariamente ellos regresaron al país ya sea hace un día o un año o diez años, pero que de alguna manera ellos tengan constancia de que estuvieron trabajando y cotizando al seguro social”, detalló Carmona Flores.

Los beneficios son pensión por jubilación a la edad de 62 años, discapacidad a cualquier edad, pensión por viudez a los 60, y pensión por orfandad.

“Aun siendo ilegales, estando en estatus migratorio ilegal, aun así hay muchas personas que estuvieron cotizando y por lo mismo se hacen acreedores a este beneficio” puntualizó.

Los candidatos a solicitar beneficios del seguro social para migrantes son:

-Trabajador o titular del número de seguro social americano.

-Esposas/esposos del trabajador(a).

-Hijos menores de 18 años o con discapacidad.

-Viudas/viudos del trabajador(a).

-Padres dependientes del trabajador(a).

 

Documentos originales que deben presentar para su trámite:

-Número de seguro social americano con el que trabajó

-Fe de bautismo o acta de nacimiento expedida por el Archivo General del Estado (De las personas que van hacer el trámite de la pensión)

-Identificación oficial con fotografía (de los que van a tramitar pensión)

-Acta de matrimonio (Si aplica)

-Acta de divorcio (Si aplica)

-Acta de defunción (Si aplica)

-Clave Bancaria estandarizada de su cuenta de ahorro en pesos.

 

Los beneficios que se otorgan son:

1.- Beneficios de Pensión por Jubilación por edad (62 años) o discapacidad, (cualquier edad).

2.- Beneficios de Pensión por Viudez (60 años).

3.- Beneficios de Pensión por orfandad.

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