A QUIEN SE VALGA DE LA HOMONIMIA, PARECIDO FÍSICO O SIMILITUD DE LA VOZ PARA COMETER EL DELITO
Ruiz Nava, del grupo parlamentario de Morena informó que en la actualidad el robo de identidad es un delito que con el rápido desarrollo tecnológico ha evolucionado y aumentado rápidamente por la influencia de los dispositivos electrónicos de telecomunicación que permiten mayor accesibilidad a datos personales que se encuentran en la web, aunado también a la aparición de plataformas de inteligencia artificial que no están reguladas legalmente y que permiten sin restricciones usar la identidad física de cualquier persona para cometer delitos.
JOSÉ MEDINA / LA RED DE ALTAMIRA
VICTORIA. – El diputado Marte Alejandro Ruiz Nava propone aumentar las penas previstas por suplantación de identidad, y en el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, a quien se valga de la homonimia, parecido físico o similitud de la voz para cometer el delito; así como los supuestos en que el sujeto activo del delito tenga licenciatura, ingeniería o cualquier otro grado académico en el rubro de informática, computación o telemática o cuando la víctima sea una persona adulta mayor o menor de 18 años de edad.
Ruiz Nava, del grupo parlamentario de Morena informó que en la actualidad el robo de identidad es un delito que con el rápido desarrollo tecnológico ha evolucionado y aumentado rápidamente por la influencia de los dispositivos electrónicos de telecomunicación que permiten mayor accesibilidad a datos personales que se encuentran en la web, aunado también a la aparición de plataformas de inteligencia artificial que no están reguladas legalmente y que permiten sin restricciones usar la identidad física de cualquier persona para cometer delitos.
Así, la manipulación y el mal uso de la inteligencia artificial para lograr la suplantación de identidad, que consiste en la alteración de imágenes y la falsificación de voces y la creación de videos, que hoy resultan ser convincentes y difícil de distinguirlos de la realidad, constituye una problemática que empieza a presentarse y que debemos afrontar estableciendo previsiones legales que sancionen con mayor severidad a quienes incurran en esta conducta delictiva en perjuicio de las personas más vulnerables como son las personas adultas mayores que son de las más propensas a ser víctimas del robo de identidad.
Sostuvo que la inteligencia artificial se está utilizando para cometer conductas que lesionan la dignidad delas personas a través de la creación de imágenes íntimas, el robo de datos financieros, o con propósitos políticos, a través de la denostación, la mentira, etcétera. Los delincuentes cibernéticos empiezan a desarrollar la clonación de última generación, dando lugar a una nueva modalidad de estafa. Con tan solo una breve muestra de audio, tienen la capacidad de replicar la voz de prácticamente de cualquier persona, permitiéndoles dejar mensajes fraudulentos en buzones de voz o enviar grabaciones por servicios de mensajería e inclusive hacer videoconferencias como si fueran la persona a la que le han clonado su imagen y voz.
Informó que este fenómeno afecta de manera muy significativa a las personas adultas mayores, quienes se han vuelto las víctimas más vulnerables en esta creciente problemática. La usurpación de identidad dirigida a este segmento de la población representa el 35 por ciento de los casos registrados en México.
Dijo que las personas adultas mayores, derivado de su edad avanzada, suelen desarrollar problemas de comunicación, de interacción y en su gran mayoría las personas adultas mayores son aisladas del mundo social, muchas veces no es por gusto propio, ni por las acciones de un tercero, sino por las limitaciones físicas que los años producen.
Y esas limitaciones y el poco o nulo manejo que tienen las personas adultas mayores en cuanto a las nuevas tecnologías de la información y medios electrónicos hacen que estas sean vulnerables al robo o usurpación de su identidad.
En la actualidad se han acrecentado los casos de personas adultas mayores que han sido víctima de la delincuencia que ha utilizado su cuenta para transferencias o consumos. Si bien es difícil contrarrestar los delitos cibernéticos debido a las barreras que los denominados “hackers” tienen a su disposición, debemos implementar castigos más severos cuando alguna persona trate de aprovecharse de uno de nuestros grupos más vulnerables, sobre todo aprovechando el desconocimiento en cuanto a tecnologías que los adultos mayores tienen.
Por otra parte, es importante exponer también que la usurpación de identidad en la era digital no se limita a las personas adultas o adultas mayores; las niñas, niños y adolescentes también son vulnerables a esta problemática. De acuerdo con la empresa de Ciberseguridad ESET, las estadísticas recopiladas en distintos países, se ha observado un aumento preocupante en casos de usurpación de identidad en menores de 18 años.
Durante el año 2022, en los Estados Unidos, alrededor de un millón de menores fueron víctimas de este delito, y cada incidente costó en promedio mil 128 dólares por familia, y mil millones anuales en todo el país. Estas cifras no solo representan una preocupación en términos de seguridad, sino que también resaltan la magnitud del problema y su impacto social y financiero.
La información personal de menores de edad, se ha convertido en un blanco atractivo para ciberdelincuentes, ya que estos buscan aprovechar la falta de historiales crediticios negativos en menores, lo que les otorga cierta impunidad al utilizar los datos robados. Se ha identificado que los estafadores emplean esta información para abrir cuentas bancarias fraudulentas, acceder a beneficios sociales, y realizar actividades ilegítimas que involucran transacciones financieras que abarcan desde el uso indebido de información personal para abrir cuentas hasta la presentación de declaraciones de carácter fiscal fraudulentas.
Cabe señalar que si bien es cierto el robo de identidad ya está considerado en el artículo 263 bis del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, también lo es que es necesario aumentar las penas cuando las víctimas sean personas adultas mayores o menores de edad con base en los motivos antes expuestos.
La legislación penal de nuestro Estado establece que incurre en este delito quien por cualquier medio usurpe o suplante la identidad de una persona con fines ilícitos a través de medios electrónicos, informáticos, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación, con el propósito de causar un daño patrimonial, moral, psicológico, ya sea para beneficio propio o, sin embargo no establece como supuestos agravantes de la sanción impuesta el caso de que las víctimas sean personas adultas mayores o menores de edad, lo cual es lo que se pretende mediante la presente acción legislativa.