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Reforma laboral obliga a patrón pagar parte de gasto eléctrico

LA RED diciembre 12, 2020
freelancer woman working in the home office

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CON LO QUE BUSCAN REGULAR EL TELETRABAJO O TRABAJO EN LÍNEA

“Entre las más trascendentes se encuentra que se regula de manera más adecuada el teletrabajo o el trabajo en línea que este tipo de actividad estaba contemplada en el capítulo de trabajo a domicilio, pero ahora se le va a llamar de manera específica teletrabajo, y habla de que se va a considerar el trabajo en línea aquel que sea de manera permanente, no de manera ocasional o eventual como está sucediendo con la pandemia”, declaró el abogado Laboralista, Juan Carlos Ley Fong.

ESPECIAL / LA RED DE ALTAMIRA

ZONA CONURBADA.- Entre las reformas en materia laboral, una de las más destacadas es que se regula el teletrabajo o trabajo en línea, el cual se considera así cuando es de manera permanente, no eventual como está sucediendo con la pandemia del COVID-19, siendo en tal caso cuando el patrón estará obligado a pagar una parte proporcional de los gastos de energía eléctrica.

El abogado Laboralista, Juan Carlos Ley Fong, dijo que el día 9 de diciembre de 2020 el poder legislativo expidió un paquete de reformas en materia laboral y de seguridad social, en donde vienen Reformas a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley del Seguro Social, a la Ley de Infonavit y a la Ley del Sistema para el Retiro.

“Entre las más trascendentes se encuentra que se regula de manera más adecuada el teletrabajo o el trabajo en línea que este tipo de actividad estaba contemplada en el capítulo de trabajo a domicilio, pero ahora se le va a llamar de manera específica teletrabajo, y habla de que se va a considerar el trabajo en línea aquel que sea de manera permanente, no de manera ocasional o eventual como está sucediendo con la pandemia”.

Explicó que en los casos de que se contrate de manera permanente el trabajo en línea el patrón va a tener la obligación de pagar una parte proporcional de los gastos de energía eléctrica.

“Se especifica con claridad lo que es el teletrabajo, trabajo a distancia que puede ser en cualquier lugar distinto a las instalaciones del patrón y utilizando las tecnologías de la comunicación, en Europa específicamente se señala teléfono celular, computadora e internet”.

Consideró que el pago proporcional de la energía eléctrica va a ser como una prestación, como un bono adicional para el trabajo en casa, pero que sea permanente.

“En la actualidad muchos estamos haciendo el trabajo en domicilio, pero es ocasional derivado de la pandemia y en la medida que se vaya normalizando la situación vamos a regresar al trabajo presencial como estábamos; entonces ese no va a ser considerado teletrabajo, el teletrabajo es el permanente”.

“Tú cumples con tu trabajo, pero con una jornada parecida a la presencial”.

Indicó que de esta manera el trabajador tendrá derecho a no contestar porque eso causa mucho estrés, estar permanentemente conectado, estar esperando llamada o suene el timbre de mensaje o estar contestando correos electrónicos.

“Se requiere de mucha disciplina de tal manera que el trabajador se fije un horario de su trabajo esté donde esté, pero que también le beneficie al patrón”.

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